La Ley Orgánica 8/2021 2, de 4 de junio “de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia” obliga a las administraciones públicas y a las entidades deportivas y de ocio a cumplir unos mandatos para crear entornos seguros y a una protección integral delmenor frente a la violencia ( LOPIVI, CAP. IX del ámbito del deporte y del ocio, art 47 y 48.a)
Las leyes forales 8/2017 (art.35z) de igualdad social de las personas LGTBI+ y 17/2019 (art.29.e)de igualdad entre mujeres y hombres también establecen la necesidad de elaborar protocolos.
Según el artículo 48 de la LOPIVI, todas las entidades que realizan actividades deportivas y de ocio con personas menores de edad de forma habitual deben designar la figura del Delegado/Delegada de protección (DP.) En nuestra entidad dicho cargo lo ostenta Maite Gabarrús Alonso.
Nos comprometemos como entidad deportiva que trabaja con menores a:
a. Aplicar los protocolos de actuación a los que se refiere el artículo 47 de la Ley Orgánica 8/2021,de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia que adopten las Administraciones Públicas en el ámbito deportivo y de ocio.
b. Implantar un sistema de monitorización para asegurar el cumplimiento de los protocolos anteriores en relación con la protección de las personas menores de edad.
c. Designar la figura del Delegado o Delegada de protección al que las personas menores de edad puedan acudir para expresar sus inquietudes y quien se encargará de la difusión y el cumplimiento de los protocolos establecidos, así como de iniciar las comunicaciones pertinentes en los casos en los que se haya detectado una situación de violencia sobre la infancia o la adolescencia.
d. Adoptar las medidas necesarias para que la práctica del deporte, de la actividad física, de la cultura y del ocio no sea un escenario de discriminación por edad, origen racial o étnico, discapacidad, orientación sexual, identidad sexual o expresión de género, o cualquier otra circunstancia personal o social, trabajando con los propios NNA, así como con sus familias y profesionales, en el rechazo al uso de insultos y expresiones degradantes y discriminatorias. 5
e. Fomentar la participación activa de los NNA en todos los aspectos de su formación y desarrollo integral.
f. Fomentar y reforzar las relaciones y la comunicación entre las organizaciones deportivas y las de ocio, con sus progenitores o con quienes ejerzan funciones de tutela, guarda o acogimiento.